top of page

Nuestra Historia

Mientras no tengo los datos históricos de nuestra iglesia, comenzaré por darles a conocer por partes la historia de Coxquihhui, la primera parte será una investigación hecha en los Archivos del Archivo General de la Nación, espero disfruten y sea de provecho para todos y todas ustedes.

Por supuesto que como es una transcripción respeté la orrtografía de aquel año (1599), así que encontrarán expresiones como: Chomatlán, "un gran río de pescado", "y así lo juro a Dios y a la Cruz en forma de derecho", y muchas otras que son expresiones genuinas de los años que arriba anoté. Chumatlán en ese tiempo !tenía cinco habitantes!

Recuerden que son muy necesarios sus comentarios, así que los esperamos

Dios les bendiga

AHORA PRESENTO A USTEDES LA CUARTA PARTE DE NUESTRA HISTORIA

 

(Al margen): Visita del Sujeto Santa Catalina Tlatlocpan.

 

Este dicho día, mes e año dichos, el dicho juez comisario, fué, vió y visitó el pueblo llamado Santa Catalina Tlatlocpan, sujeto del de Chumatlán, su cabecera, de la cual dista como dos leguas, poco más e menos, es temple cálido y vió que tiene pequeña iglesia; está fundado al pie de una gran sierra, en unas lomillas, tiene mal asiento, y cortas tierras y pocas aguas, y habiendo visto todo lo dicho, el dicho juez comisario entendió de los naturales del dicho sujeto que hablaban la lengua mexicana y totonac, que usan mediante los intérpretes de ambas lenguas, a los mandones, vecinos e naturales de dicho sujeto, llamados Lucas García, tlayacanque, Lázaro Sánchez, Francisco Jiménez, tequitlatos, Mateo de Palencia, alguacil, el dicho juez comisario les mandó con juramento le declaren cuántos tributarios hay al presente en este sujeto, y los dichos indios juraron a Dios e la cruz en forma de derecho, e so cargo de él, dijeron haber quince tributarios, y no tienen cárcel ni hospital, y juntos los dichos naturales e demás indios e indias del dicho sujeto que juntarse pudieron en la iglesia de él, el dicho juez comisario mandó a los intérpretes que les den a entender el efecto de su venida y las demás causas y razones que mueven esta junta, siendo como es para más bien servir a Dios Nuestro Señor y para mayor utilidad y acrecentamiento de los dichos naturales, y que es con orden de consolarlos más y darles mejores casas, solares y tierras, mayor y más apacible habitación y consuelo espiritual y temporal; todo lo cual los dichos intérpretes dijeron a los dichos naturales, y los susodichos respondieron todos con mucho gusto y palabras con que le mostraron, y con esto se acabó la dicha visita, y por mandado del dicho juez comisario, mediante los dichos intérpretes, yo, el presente escribano, cité en forma de derecho a los dichos naturales para que el lunes que viene, que se contarán veintiún días de este dicho mes e año, se hallen, junten y congreguen a la hora de misa en la iglesia del pueblo de Chomatlán, su cabecera, para que allí se les declare el puesto a que se han de reducir e avecindar, y para lo demás que conviene declararles a disposición del dicho juez en razón de la dicha reducción; y los dichos naturales dijeron harán e cumplirán lo que se les manda e lo firmaron los dichos juez comisario e intérprete mexicano.

Rodrigo de Zárate y Villegas.- (Rúbrica)

Juan Ruiz Flores.- (Rúbrica)

Ante mí,

Luis del Campo y Vergara

Escribano Real.- (Rúbrica)

Este sujeto ni los demás que esta cabecera tiene, no tienen trato ni contrato ni granjería ninguna, por lo cual no se refiere en las visitas particularmente.

 

Rodrigo de Zárate y Villegas.- (Rúbrica)

 

(Al margen): Visita del sujeto San Martín Acatlán.

 

E después de lo susodicho, el dicho día, viernes 18 de junio del dicho año, el dicho juez comisario vió y visitó el pueblo llamado San Martín Acatlán, sujeto del de Chomatlán, su cabecera, de la cual dista como legua y media poco más o menos, y vió que dicho sujeto está fundado en las laderas de un cerro agro, áspero y montuoso, temple cálido; tiene cortas tierras, pequeña iglesia y pocas aguas; y habiendo visto lo dicho, el dicho juez comisario entendió de los naturales del dicho sujeto que hablaban la lengua mexicana y totonac, y así, mediante los intérpretes de ambas lenguas, a los naturales, vecinos y mandones del dicho sujeto, llamados Diego Sánchez, Andrés García, tequitlatos, Ambrosio García, alguacil, Diego Juárez, principal, el dicho juez comisario les mandó, con juramento, le declararen cuántos tributarios al presente hay en el dicho sujeto, y los dichos indios juraron por Dios e la cruz en forma de derecho, e so cargo de él dijeron haber quince tributarios, y no tienen cárcel ni hospital; y juntos los dichos naturales y demás indios del dicho sujeto, que juntarse pudieron, el dicho juez comisario mandó a los intérpretes les den a entender el efecto de su venida, y las demás causas y razones que mueven esta junta, siendo como es para más bien servir a Dios Nuestro Señor, e para mayor utilidad y acrecentamiento de los dichos naturales, y que es con orden de consolar los más y darles mejores casas, solares y tierras, mayor y más apacible habitación y consuelo espiritual y temporal, todo lo cual los dichos intérpretes dijeron a los dichos naturales, y los susodichos respondieron todos con mucho gusto y palabras con que le mostraron, y con esto se acabó la dicha visita; y por mandado del dicho juez comisario, mediante los intérpretes, yo, el presente escribano, cité a los dichos naturales en forma de derecho, para que el lunes que viene, que se contarán veintiún días de este dicho mes e año, a la hora de misa, se hallen, junten y congreguen en la iglesia del dicho Chomatlán, su cabecera, para que allí se les declare el puesto a que se han de reducir e avecindar, e las demás causas que en la dicha razón el dicho juez comisario le pareciere que conviene; y losa dichos naturales dijeron que harán e cumplirán lo que se les manda e notifica, e lo firmaron el dicho juez comisario e intérprete mexicano.

Rodrigo de Zárate y Villegas.- (Rúbrica)

Juan Ruiz Flores.- (Rúbrica)

Ante mí,

Luis del Campo y Vergara

Escribano Real.- (Rúbrica)

 

(Al margen): Visita del Sujeto San Bartolomé Poztectlán.

 

E después de lo susodicho, sábado diecinueve días del dicho mes e año, el dicho juez comisario, vió y visitó el pueblo llamado San Bartolomé Poztectlán, sujeto del de Chomatlán, su cabecera, de la cual dista como tres leguas, poco más o menos; es temple cálido, muy chica iglesia, fundado entre sierras y lomas y quebradas, mal asiento, tierras cortas y muy montuosas; y habiendo visto lo dicho, el dicho juez comisario entendió de los naturales del dicho sujeto que hablaban y usaban la lengua totonac, aunque entienden y también hablan la lengua mexicana; y así, mediante los interpretes de ambas lenguas e a los dichos mandones y naturales del dicho sujeto llamados Francisco López, Andrés Pérez, tequitlatos, Zacarías de Palencia, alguacil, el dicho juez comisario les mandó con juramento declararen cuántos tributarios enteros al presente hay en el dicho sujeto, y los dichos naturales dijeron después de haber jurado por Dios e la cruz, en forma de derecho, e prometido de decir verdad que al presente hay en el dicho sujeto diez tributarios enteros, y que no tienen cárcel, ni hospital, y juntos los dichos naturales y demás indios del dicho sujeto que juntarse pudieron, el dicho juez comisario mandó a los intérpretes les den a entender el efecto de su venida y las demás causas y razones que mueven esta junta, siendo como es para más bien servir a Dios Nuestro Señor y para mayor utilidad y acrecentamiento de los dichos naturales, y que es con orden de consolarlos más y darles mejores casas, solares y tierras, mayor y más apacible habitación y consuelo espiritual y temporal, todo lo cual los intérpretes dijeron a los dichos naturales, y los susodichos respondieron todos con mucho gusto y palabras con que le mostraron, y con esto quedó hecha la dicha visita; y por mandado del dicho juez comisario, mediante los intérpretes, yo, el presente escribano, cite en forma de derecho a los dichos naturales para que el lunes que viene, que se contarán veintiún días de este dicho mes e año, se hallen, junten e congreguen, a la hora de misa en la iglesia del pueblo de Chomatlán, su cabecera, para que ahí se les declare el puesto a que se han de reducir e avecindar, y para lo demás que conviniere declararles a disposición de dicho juez comisario, en razón de la dicha reducción; y los dichos indios dijeron que harán e cumplirán lo que se les manda, e lo firmaron los dichos juez comisario e intérprete mexicano.

Rodrigo de Zárate y Villegas.- (Rúbrica)

Juan Ruiz Flores.- (Rúbrica)

Ante mí,

Luis del Campo y Vergara

Escribano Real.- (Rúbrica)

 

(Al margen): Visita del Suejeto San Juan Bautista Tlachinolticpac.

 

Este dicho día, sábado diecinueve del dicho mes e año, el dicho juez comisario, vió, y visitó el pueblo llamado San Juan Bautista Tlachinolticpac, sujeto del de Chomatlán, su cabecera, de la cual dista como una legua, poco más o menos; es temple cálido, tiene muy pequeña iglesia, cortas tierras y pocas aguas; el asiento del pueblo está en mala parte porque es entre unas grandes quebradas y sierras, y habiendo visto todo lo dicho, el dicho juez comisario entendió de los naturales del dicho sujeto, que en él hablaban las lenguas totonac y mexicana, que usan, y así, mediante los interpretes, a los vecinos, naturales y mandones que dijeron ser del dicho sujeto y llamarse don Luis de Gaona, regidor, Domingo de Ramos, tequitlato, Cristóbal de Gaona, alguacil, Luis Ponce, principal, el dicho juez comisario les mandó con juramento le declararen cuántos tributarios hay en el dicho sujeto al presente, y los susodichos juraron por Dios Nuestro Señor e la cruz en forma de derecho, e so cargo de él dijeron haber nueve tributarios, y no tienen cárcel ni hospital; y juntos los dichos naturales y demás indios del dicho sujeto que juntarse pudieron, el dicho juez mandó a los interpretes les den a entender el efecto de su venida y todas las demás causas y razones que mueven esta junta, siendo como es para más bien servir a Dios Nuestro Señor y para mayor utilidad y acrecentamiento de los dichos naturales, y que es con orden de consolarlos más y darles mejores casas, solares y tierras, mayor utilidad para ellos y más apacible habitación y consuelo espiritual y temporal; todo lo cual los dichos intérpretes a los dichos naturales les dijeron, y los susodichos respondieron todos con mucho gusto y palabras con que le mostraron, y con esto se acabó la dicha visita; y por mandado del dicho juez comisario, yo, el presente escribano mediante los intérpretes, cite a los dichos naturales para que el lunes que viene, que se contarán veintiún días de este dicho mes e año, se hallen, junten y congreguen a la hora de misa en la iglesia de Chomatlán, su cabecera, para que allí se les declare el puesto a que se han de congregar y avecindar, e se les declare así mismo las demás causas y razones que en razón de la dicha reducción pareciere que convienen al dicho juez comisario; e los dichos naturales dijeron que harán e cumplirán lo que se les manda, e lo firmó el dicho juez comisario e interprete mexicano. Este sujeto de San Juan Bautista está de la otra banda del río que llaman de Chomatlán.

Rodrigo de Zárate y Villegas.- (Rúbrica)

Juan Ruiz Flores.- (Rúbrica)

Ante mí,

Luis del Campo y Vergara

Escribano Real.- (Rúbrica)

 

(Al margen): Auto de resumen.

 

Este dicho día, mes e año dichos, en el dicho pueblo e cabecera de Chomatlán, el dicho juez comisario, habiendo visto los autos y visitas hechos de esta cabecera e sujetos, en que juramento los naturales de ellos declararon en razón de los tributarios que esta cabecera y sujetos de ella tienen, e sin contar los viejos e impedidos parece que esta cabecera e sus cinco sujetos al presente tienen ciento y cincuenta y nueve tributarios que justos con los doscientos noventa tributarios que parece que hay en las cabeceras de Coahuytlán y Mecatlán y sus sujetos, de todo ello tienen cuatrocientos y setenta y seis tributarios menos de los novecientos y veinticinco tributarios que en todas tres cabeceras hay, conforme a la tasación real que en el dicho pueblo e cabecera de Mecatlán el gobernador e principales de ella ante el dicho juez comisario exhibieron, cuya razón e testimonio de mi, el presente escribano, va fecho mención en las diligencias que se han hecho hasta hoy en el dicho Mecatlán e sus sujetos, a fojas de ellas tres, a que yo, el presente escribano, que de ello doy fe por mandado del dicho juez comisario, me refiero, y lo firmó el dicho juez comisario que hizo este resumen, e mandó que se asentase esto así por auto.

Rodrigo de Zárate y Villegas.- (Rúbrica)

Ante mí,

Luis del Campo y Vergara

Escribano Real.- (Rúbrica)

 

(Al margen): Auto para la información.

 

E después de lo susodicho, en el dicho pueblo de Chomatlán, en el dicho día, mes e año dichos, el dicho juez comisario habiendo visto e visitado este pueblo e cabecera de Chomatlán e todos sus sujetos, y hecho los autos y visitas y diligencias que van escritas en la forma que en ellas se declara, dijo que se haga la información de oficio que su señoría ilustrísima manda por el octavo capítulo de la instrucción, con testigos fidedignos y desinteresados, los cuales declaren lo que sienten del temple, asiento, aguas, montes y demás calidades de esta cabecera, y lo que entendieren de que se haya de quedar o mudar, y a que parte, y las causas porque les parece que se deba hacer lo que hubieren de declarar; y que también digan qué sujetos de esta cabecera les parece se reduzgan a ella, y cuáles fundados en otra parte donde más convenga al servicio de Dios Nuestro Señor y bien, aumento y conservación de los naturales, en cumplimiento de lo cual se hizo la información que se sigue, e lo firmó el dicho juez comisario.

Rodrigo de Zárate y Villegas.- (Rúbrica)

Ante mí,

Luis del Campo y Vergara

Escribano Real.- (Rúbrica)

 

(Al margen): Alonso Ortiz de Gamboa, teniente de la Ueytlalpa.

 

Testigo.- En el pueblo de Chomatlán, en el dicho día, mes e año dichos, el dicho juez comisario, para la dicha información, hizo parecer ante sí a Alonso Ortiz de Gamboa, teniente por su majestad de todo el distrito de la Ueytlalpa y de esta jurisdicción de Chomatlán, del cual recibió juramento, y él lo hizo e juró por Dios y la cruz en forma de derecho e prometió de decir verdad, e preguntando por el auto de suso, dijo que de seis meses a esta parte, poco más o menos, este testigo ha estado e residido en este pueblo de Chomatlán, como justicia que es en él y en todos sus sujetos que tiene y los ha visto y visitado, y sabe que este dicho pueblo está en muy buen asiento, en unas lomas tendidas de tierra muy fértil, abundantes de todo género de sementeras, frutas, legumbres, muchas y muy buenas aguas en arroyos fuertes y manantiales dentro del dicho pueblo, e junto a él un río muy grande de buena agua en que cogen mucho pescado; tiene mucho monte para la leña, buena iglesia y casa de ministro, temple cálido y sano, y sabe que este pueblo tiene todas las demás buenas calidades para la sustentación y habitación de los naturales, y está en el camino real que va de las pesquerías y costas de Almería y costa del Mar del Norte, a las ciudades de la Puebla, Cholula, México y otras partes, y en muchas leguas no hay donde los pasajeros puedan hacer jornada ni tomar refresco y aviarse los ganados que de las estancias comarcanas se llevan a México y a la Puebla y a otras partes, por lo cual a este testigo le parece que se quedé donde está, y que a él se reduzgan, planten y congreguen todos sus sujetos, porque en él gozarán del bien espiritual y temporal con gran mejora de que al presente tienen, de más de que todo ello y esta cabecera es un mismo temple al parecer de este testigo, el cual por dicho sabe que en ninguno de los dichos sujetos hay tierras ni capacidad para poderse fundar sitio de estancia, heredad ni otra hacienda ninguna, y este testigo sabe que en este pueblo de Chomatlán no hay hospital, y le parece conviene se haga en él, y que esto es la verdad para el juramento que ha fecho, en que se ratificó e declaró ser de edad de más de setenta años, e que no le tocan las generales de la ley que le fueron fechas, y lo firmó y el dicho juez comisario.

Rodrigo de Zárate y Villegas.- (Rúbrica)

Alonso Ortiz de Gamboa.- (Rúbrica)

Ante mí,

Luis del Campo y Vergara

Escribano Real.- (Rúbrica)

​© 2013 Evaristo Gaona Zaleta.

  Derechos reservados.

  • Wix Facebook page
  • Wix Twitter page
  • Wix Google+ page
bottom of page